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ORDENANZA Nº 05/87

 

ARTÍCULO 1: Modificase el Art.3 de la Ordenanza Nº 86/86, el que quedará redactado de la siguiente manera:

 

ARTÍCULO 3: Fijase el valor, por arrendamiento de sepultura a 500 años en la calle principal, en 1.200 Australes, de acuerdo a la Ordenanza Impositiva vigente.-

 

ARTÍCULO 4: De forma.-

 

ARTÍCULO 2: Comuníquese, regístrese y archívese.-

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los diecisiete días del mes de marzo del año mil novecientos ochenta y siete

Información adicional

  • Fecha de Sanción: 1703/1987