ORDENANZA N° 29/2002
ARTÍCULO 1º: AUTORIZASE a la Cooperadora de la Escuela N° 501 a la emisión de Bonos Contribución en todo el ámbito de nuestro partido, cuyos fondos serán destinados a afrontar necesidades propias de la institución.
ARTÍCULO 2º: Se emitirán 1000 bonos de $ 80 cada uno, pagaderos al contado o en diez (10) cuotas de $ 8.- Las mismas serán mensuales y consecutivas.
ARTÍCULO 3º: Exímase del pago correspondiente al 5 % del total de los Bonos emitidos, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 5º de la Circular No. 2 de la D.G.E. y C. de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO 4º: Comuníquese al D.E.M., dese al R.O., publíquese y cumplido archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los diez días del mes de octubre del año dos mil dos.