ORDENANZA N° 35/95
ARTÍCULO 1°: Increméntese el Cálculo de Recursos vigente en la Sección 1, Sector 2, Rubro 3, mediante la ampliación del Subrubro 1 "Subsidio para Guarderías Infantiles" en la suma de $ 8.000.- (Pesos Ocho mil).-
ARTÍCULO 2°: Increméntese en el Presupuesto de Gastos el crédito de la partida: 2.5.1.3.3. "Subsidio a personas Indigentes" en la suma de $ 8.000.- (Pesos Ocho mil)
ARTÍCULO 3°: Comuníquese al D.E., dese al R.O. y cumplido archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los nueve días del mes de noviembre del año mil novecientos noventa y cinco.