ORDENANZA N° 15/2007
ARTÍCULO 1°: Derogar en todos sus términos la Ordenanza N° 26/2005.
ARTÍCULO 2°: Instar al DEM para que notifique a los interesados, en el marco de sus atribuciones, y de esta manera evitar hechos que no se condicen con el espíritu con la cual la norma fue sancionada.
ARTÍCULO 3°: De Forma.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los veintidós días del mes de Junio del año dos mil siete.