ORDENANZA N° 48/88
ARTÍCULO 1: Fíjase como sueldo mínimo de bolsillo para el personal contratado, la suma de 800 australes para el mes de Julio de 1988.-
ARTÍCULO 2: Comuníquese, regístrese y archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los veintiséis días del mes de julio del año mil novecientos ochenta y ocho