Marcos Paz, 24 de Abril del 2025.-

VISTO:
El Expediente 4073-HCD 048/2025 P.R “Preocupación por las unidades Turísticas de Chapadmalal y Embalse”
La Constitución Nacional
La Ley Nacional de Turismo N° 25.997
El Decreto 784/2013
El Decreto 216/2025
La Ley Orgánica de las Municipalidades

CONSIDERANDO:
Que la Secretaría de Turismo y de Deportes de la Nación a través del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) informó al titular de la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE), Nicolás Pakgojz, la innecesariedad de las Unidades Turísticas de Chapadmalal y la de Embalse.
Que esta nota firmada por el Secretario de Turismo y Deportes de la Nación Daniel Scioli, establece que las unidades turísticas pasarán al organismo como paso previo a su venta o concesión de su uso a privados y se enmarca en el Decreto 216/2025, que establece la disolución del Comité Interministerial de Facilitación Turística, el desmantelamiento del Programa Nacional de Inversiones Turísticas y la eliminación del Plan de Turismo Social.
Que las Unidades Turísticas de Chapadmalal y Embalse fueron construidas en su mayor parte entre 1945 y 1951 como colonias de vacaciones estatales destinadas a la población trabajadora del país.
Que la Unidad Turística de Chapadmalal ocupa un predio de 700 hectáreas y a principios de los años ´50, contaba con 9 hoteles y 19 bungalows, más toda una serie de instalaciones complementarias como correo, telefonía, centro de salud y farmacia, panadería, cine-teatro, espacios de juegos infantiles, cancha de fútbol, capilla, entre otros, con una capacidad total de aproximadamente 4000 plazas hoteleras.
Que el complejo turístico Embalse, a principios de los años ´50 constaba de un predio de 650 hectáreas, disponiendo de 7 hoteles, 51 bungalows, pileta de natación, capilla, servicio médico, administración, locales comerciales y varios edificios de servicios de mantenimiento, disponiendo de un total de 3000 plazas hoteleras,
Que desde su construcción, estas unidades turísticas promovieron una democratización del bienestar, significando una verdadera revolución en el sentido de la igualación social: aquello que antes estaba reservado a una élite, ahora pasaba a ser disfrutable para todos los sectores sociales.
Que históricamente diferentes contingentes de nuestra localidad asistieron a estos complejos a través de instituciones como clubes, grupos de adultos mayores, Unidades Municipales Integradas, ONG, proyectos educativos como “Jóvenes y Memoria” o egresados del programa FINES. Asimismo familias que se inscriben en los diferentes programas de Turismo Social han asistido a estos complejos a vacacionar.
Que los Complejos Turísticos de Chapadmalal y Embalse, por su riqueza histórica, arquitectónica y patrimonial, fueron declarados Monumento Histórico Nacional bajo el Decreto Presidencial 784/2013.
Que teniendo presente tanto su función social como su valor patrimonial, entre el año 2019 y el año 2023, el Ministerio de Turismo y Deportes llevó a cabo un plan de recuperación integral de las Unidades Turísticas, así como de mejora y sostenimiento de sus prestaciones y servicios.
Que según el informe “El turismo como Derecho” publicado en el año 2023 por el Ministerio de Turismo y Deportes de la Nación, se observó que desde el 2022 se dio una franca recuperación en las prestaciones de turismo social en los complejos, superando los niveles prepandemia y llegando a 368.408 pernoctes, lo que representa un crecimiento del 45 % con respecto a 2017 y de 205 % si se compara con los pernoctes de 2019.
Que a pesar de transitar períodos de desfinanciamiento y desmantelamiento, como la eliminación del Fondo Permanente de Turismo Social durante la última dictadura militar, las Unidades Turísticas de Chapadmalal y Embalse continuaron siendo vitales para el fomento del turismo social y albergando a diferentes contingentes de turistas.
Que a partir del Decreto 216/2025 el Presidente Javier Milei modificó la Ley Nacional de Turismo N° 25.997, interrumpió el proceso de recuperación y de mantenimiento que se había llevado a cabo en la anterior gestión.

Por todo lo expuesto, y en uso de sus facultades, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE MARCOS PAZ, SANCIONA LA SIGUIENTE:

RESOLUCIÓN N° 016/2025

ARTÍCULO 1°: Manifestar la preocupación por el Decreto 216/2025 emitido por la Secretaría de Turismo, Ambiente y Deportes de la Nación y por la nota dirigida a la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE) sobre las Unidades Turísticas de Chapadmalal y Embalse.

ARTÍCULO 2°: Remitir esta resolución a la Secretaría de Turismo, Ambiente y Deporte de la Nación.

ARTÍCULO 3°: De forma

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz a los veinticuatro días del mes de Abril del año dos mil veinticinco.-

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Información adicional

  • Fecha: Jueves, 24 Abril 2025
  • Resumen: Manifestar preocupación por las Unidades Turísticas de Chapadmalal y Embalse