Marcos Paz, 11 de Junio de 2026.-
VISTO:
El Expediente 4073-HCD-101-2026 - P.R. “Solicitud a la Gerencia de Edenor de cotejar la legalidad de existencia de calles y desarrollos urbanos e industriales antes de realizar tendidos eléctricos”
La Ley Orgánica de las Municipalidades
El Reglamento Interno de HCD
La Ordenanza 32/83
La ley 10.707
El Decreto-Ley 8912/77
El Decreto Municipal 1863/21
CONSIDERANDO:
Que la Empresa Edenor S.A. es la mayor distribuidora de electricidad de la República Argentina en términos de números de clientes y de electricidad vendida (tanto en GWh como en pesos). Que en la “Zona Morón” que abarca los distritos de Morón, Hurlingham, Ituzaingó, Merlo, Marcos Paz, Las Heras y La Matanza, en total un área de 1761 km2, abasteciendo a 430,3 mil personas.-
Que desde hace mucho tiempo en el Conurbano Bonaerense donde Marcos Paz es parte en el tercer cordón, se están realizando tomas y hasta la venta de parcelas en forma clandestinas.-
Que es muy frecuentes en fracciones consolidadas lindantes al ejido urbano donde ya sea por individuos particulares o con intervención de Inmobiliarias generalmente no asentadas en el distrito avanzan en forma clandestina en la venta de lotes o en proyectos de desarrollos inmobiliarios sin la previa habilitación por parte de este Municipio.-
Que en muchos de estos casos salen a la luz en los momentos en que los compradores quieren iniciar trámites de obra y/o reclamos en oficinas municipales y allí descubren que fueron víctimas de una estafa.-
Que en otras son los propios propietarios legítimos de fracciones que se presentan denunciando la usurpación de esas propiedades.-
Que ya son muchas las intervenciones en las cuales Edenor y/o empresas prestatarias del servicio electrico han realizado tendidos eléctricos sobre calles clandestinas, no habilitadas por este municipio o bajadas en casas asentadas en parcelas inexistentes catastralmente.-
Que directa o indirectamente la empresa al realizar estas nuevas instalaciones colabora en legalizar una acción ilegal, perjudicando derechos de terceros.-
Por todo lo expuesto, y en uso de sus facultades, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE MARCOS PAZ, SANCIONA LA SIGUIENTE:
RESOLUCIÓN N° 025/2026
ARTÍCULO 1°: Solicitar a la empresa Edenor o empresa que resulte prestador del servicio, que previamente a realizar nuevos tendidos eléctricos en potenciales calles, emprendimientos inmobiliarios e industriales, realice la consulta previa a la Secretaría de Obras de ese municipio sobre la regularidad y legalidad de los mismos.-
ARTÍCULO 2°: Exhortar a las empresas el cumplimiento obligatorio para realizar el alta de un nuevo servicio domiciliario, requerir al solicitante la presentación de la altura domiciliaria emitida por la oficina de Catastro de este Municipio.-
ARTÍCULO 3°: Ante la falta del cumplimiento por parte de la Empresa Edenor S.A. o del prestador del servicio de estos requisitos, se faculta al Departamento Ejecutivo a realizar las acciones legales correspondientes.-
ARTÍCULO 4°: Enviar copia de la presente a la empresa EDENOR S.A y cualquier otro prestador de servicio de energía eléctrica.-
ARTÍCULO 5°: De forma.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz a los once días del mes de Junio del año dos mil veintiséis.-

