ORDENANZA N° 55/91
ARTÍCULO 1: Fíjense a partir del 1° de Noviembre de 1991, para las distintas categorías del Escalafón Municipal, los importes que se fijan en la planilla adjunta y que es parte de la presente Ordenanza.-
ARTÍCULO 2: Fíjense a partir del 1° de Noviembre de 1991, para el Personal Profesional Médico que cumple guardia pediátrica, una bonificación equivalente a la diferencia entre el sueldo de bolsillo y dos millones de australes, por cada guardia cumplida.
ARTÍCULO 3: Comuníquese, regístrese y cumplido archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los nueve días del mes de diciembre del año mil novecientos noventa y uno
PLANILLA ADJUNTA
ESCALA DE SUELDOS Y DIETAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 1991
CATEGORIA IMPORTE
1 2.400.000.-
2 2.429.031.-
3 2.483.615.-
4 2.524.005.-
5 2.551.701.-
6 2.592.474.-
7 2.633.625.-
8 2.674.017.-
9 2.700.925.-
10 2.742.410.-
11 2.782.596.-
12 2.837.026.-
12 2.891.786.-
14 2.916.131.-
15 2.974.038.-
16 3.136.388.-
17 3.163.046.-
18 3.272.515.-
19 3.354.667.-
INTENDENTE 4.033.567.-
SECRETARIO 3.763.726.-
SUBSECRETARIO 3.626.029.-
CONTADOR 3.626.029.-
CONCEJALES 6.606.416.-
SECCION .CONCEJALES 6.606.416.-