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ORDENANZA Nº 79/89

 

ARTÍCULO 1: Autorízase al D.E.M. s ceder en forma definitiva y gratuita el inmueble identificado Catastralmente como Circ. I - Secc. E - Manz. 266 - Parcela 7/8 guia 33.405 y 1916 del Partido de Marcos Paz, Matricula 10921-22 a la Dirección General de Escuelas de la Provincia de Buenos Aires.-

 

ARTÍCULO 2: La mencionada cesión se realiza con cargo: Dicho inmueble será destinado a la construcción y/o refacción de un Jardín de Infantes el que actualmente funciona en dicho predio y se identifica como Jardín Nº 902.-

 

ARTÍCULO 3: Si el predio cedido no se afectara, al destino antes mencionado, o se desafectara el que ya funciona en el mismo. la cesión descripta carece de efecto legal se anula y el dominio se retrotrae indefectiblemente a favor del cedente.-

 

ARTÍCULO 4: Se autoriza al D.E. a instrumentar por ante Escribano y por Escritura Pública la cesión gratuita, con cargo antes descripta en favor del cesionario y a los fines de referencia.-

 

ARTÍCULO 5: Comuníquese, regístrese y archívese.-

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los diez días del mes de octubre del año mil novecientos ochenta y nueve.

 

 

Información adicional

  • Fecha de Sanción: 10/10/1989