Marcos Paz, 07 de Agosto de 2025.-
VISTO:
El Expediente 4073-HCD-120-2025 P.C. “Solicitase al DEM que amplíe la campaña de Prevención y concientización sobre los peligros de la intoxicación por monóxido de carbono”
La Constitución Nacional;
La Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
La Ley orgánica de las Municipalidades;
El reglamento interno del HCD de Marcos Paz.
La campaña actual sobre los peligros de la intoxicación por monóxido de carbono.
CONSIDERANDO:
Que el monóxido de carbono es un gas altamente tóxico que se produce por la mala combustión de artefactos como estufas, calefones, cocinas, y calentadores, especialmente cuando no existe una ventilación adecuada.
Que la intoxicación con monóxido de carbono puede tener consecuencias fatales, y que muchas veces las personas afectadas no reconocen los síntomas a tiempo.
Que el Estado local tiene un rol fundamental en la prevención de este tipo de accidentes domésticos mediante campañas de concientización masiva y el fortalecimiento de la información brindada a los vecinos y vecinas.
Que el municipio de Marcos Paz ya ha promovido campañas de prevención, pero resulta necesario reforzar y ampliar dichas acciones para llegar a un mayor número de hogares, instituciones educativas, organizaciones barriales y comerciantes, mediante el uso de canales tradicionales y digitales.
Que las acciones preventivas salvan vidas, especialmente si se logra que la población adopte hábitos seguros como ventilar los ambientes, realizar revisiones técnicas de artefactos y reconocer los síntomas tempranos de intoxicación.
Por todo lo expuesto, y en uso de sus facultades, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE MARCOS PAZ, SANCIONA LA SIGUIENTE:
COMUNICACIÓN N° 020/2025
ARTÍCULO 1°: Solicitase al Departamento Ejecutivo Municipal, a través de las áreas que correspondan, que continúe y amplíe la campaña de prevención y concientización sobre los peligros de la intoxicación por monóxido de carbono en todo el distrito de Marcos Paz. Recomiéndese que dicha campaña utilice medios gráficos, radiales, audiovisuales, digitales y redes sociales oficiales, así como también folletería en espacios públicos y dependencias municipales, con consejos de prevención y líneas de contacto ante emergencias.
ARTICULO 2°: Comuníquese a la Jefatura Distrital sobre la campaña de comunicación para ser difundida en las distintas comunidades educativas.
ARTÍCULO 3º: Sugiérase articular con el área de educación y las áreas que considere pertinentes.
ARTÍCULO 4°: De forma.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz a los siete días del mes de Agosto del año dos mil veinticinco.-
COMUNICACIÓN N° 019/2025
ARTÍCULO 1°: Solicítese al Departamento Ejecutivo Municipal que, a través del área correspondiente, arbitre los medios necesarios para establecer la correcta señalización de desvíos y circuitos alternativos para el tránsito pesado, priorizando calles de menor circulación peatonal y vehicular, a fin de preservar la seguridad y el estado de las vías más utilizadas por la comunidad.
ARTÍCULO 2º: Establézcase como desvíos sugeridos para el tránsito pesado, mientras duren las obras en la Ruta 40:
Sentido Merlo - Las Heras: Ruta 40 - French - Libertad - Feijoo -Ruta 40.
Sentido Las Heras – Merlo: Ruta 40 -Feijoo -Libertad - French - Ruta 40.
ARTÍCULO 3°: Dispóngase la señalización adecuada y campañas informativas para comunicar a la población y a los conductores los nuevos recorridos establecidos.
ARTÍCULO 4º: De forma.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz a los siete días del mes de Agosto del año dos mil veinticinco.-