Buscador de Ordenanzas

ORDENANZA N° 17/87

 

ARTÍCULO 1: La Comisión de Cultura del Partido de Marcos Paz, quedar integrada de la siguiente forma:

  1. PRESIDENTE
  2. VICEPRESIDENTE
  3. SECRETARIO
  4. SEIS CONSEJEROS
  5. CUATRO VOCALES.

ARTÍCULO 2: Los miembros de esta Comisión se desempeñaran con carácter de Ad-honorem.-

 

ARTÍCULO 3: Duraran dos años en sus funciones a partir de la fecha de su designación, pudiendo ser designados nuevamente.-

 

ARTÍCULO 4: Facultase al D.E. al nombramiento de sus integrantes.-

 

ARTÍCULO 5: El D.E. deber dictar en un plazo de sesenta das, a partir de la promulgación de la Presente Ordenanza, la "Reglamentación Interna" correspondiente.-

 

ARTÍCULO 6: Comuníquese, regístrese y archívese.-

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los cinco días del mes de mayo del año mil novecientos ochenta y siete

 

Información adicional

  • Fecha de Sanción: 05/05/1987