El resultado muestra las ordenanzas que contienen todos los términos ingresados.

ORDENANZA 051/2022

Artículo 1°: Créase la “PISTA MUNICIPAL  PARA LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS DE MANEJO”, circuito de práctica vial que tendrá como objetivo permitir el aprendizaje práctico de manejo de vehículos a aquellas personas residentes en Marcos Paz que deseen obtener la Licencia de Conducir.-
Artículo 2°: El acceso a la Pista Municipal de Manejo será gratuito, y organizado de la forma que determine el Departamento Ejecutivo Municipal (DEM) para su mejor funcionamiento.-
Artículo 3°: La localización de la Pista Municipal de Manejo, así como también el horario y días de funcionamiento serán determinados por el Departamento Ejecutivo Municipal.-
Artículo 4°: La distribución del espacio y la planificación de los diferentes circuitos corresponderá al Departamento Ejecutivo Municipal.-
Artículo 5°: La Pista Municipal de Manejo pondrá a disposición los elementos necesarios para la práctica de conducir (conos, vallas, cintas de seguridad, cartelera vial, etc), exceptuando el vehículo, como así tampoco se proveerá de instructores.-
Artículo 6°: Tipos de vehículos autorizados a ingresar a la pista Municipal de manejo:
- Ciclomotores, Motocicletas,
- Sedan (hasta 5 puertas inclusive),
- Coupé,
- Rural (hasta 4 puertas + trasera – inclusive),
- Automóvil,
- Jeep,
- Pick Up,
- Vehículos diseñados para el transporte de mercaderías, cuya masa máxima no supere las 3, 5 toneladas.-
Artículo 7°: Las personas que accedan a practicas de manejo de vehículos deberán asistir con un/a acompañante que posea Licencia de Conducir vigente (no de carácter “Principiante”), cédula de identificación vehicular, comprobante del seguro obligatorio, carnet de habilitación del instructor (aplica únicamente a academias de conducir).-
Artículo 8°: El Vehículo con el cual se asista a la Pista de Manejo Municipal deberá disponer de:
a)    Verificación Técnica Vehicular al día,
b)    Seguro vigente,
c)    Matafuegos,
d)    Luces reglamentarias, neumáticos y otras condiciones del vehículo en óptimo estado,
e)    Chaleco reflectivo, que se utilizará en caso de avería o siniestro del automotor,
En caso de asistir en moto vehículo deberá disponer de:
1-    Seguro Vigente,
2-    Luces reglamentarias, neumáticos y otras condiciones del vehículo en óptimo estado,
3-    Chaleco reflectivo, que se utilizará en caso de avería o siniestro del automotor,
4-    Casco.-
Artículo 9°: Todo aspirante puede acceder a utilizar el predio 6 meses antes de cumplir la edad mínima requerida para la obtención de la licencia.
Artículo 10°: Sobre el funcionamiento del espacio:
A- Se admitirán sólo 2 personas por vehículo (aprendiz y acompañante).
B- Estará prohibido el ingreso con mascotas.      
C- Estará prohibida la realización de cualquier tipo de actividad que no sea la práctica de manejo.
D- Es obligatorio el uso del cinturón de seguridad por parte de aprendiz y acompañante durante todo el tiempo que utilice el predio.
E- Estará prohibido el uso del teléfono celular, salvo que el vehículo esté detenido en los lugares destinados a tal fin.
F- Deberán ser respetadas sin excepción las señales existentes en el predio.
G- Deberá reportarse la finalidad de cada área dentro de la pista según el tipo de práctica o maniobras habilitadas en cada una.
H- Cualquier incidente de tránsito que se produzca dentro del predio, en el periodo de práctica, será responsabilidad exclusiva del conductor.-
Artículo 11°: El espacio denominado “PISTA MUNICIPAL PARA LA REALIZACIÓN DE PRACTICAS DE MANEJO” podrá ser utilizado, en fechas previamente coordinadas, para Jornadas de Educación Vial.-
Artículo 12°: De forma.-

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz a los veinte días del mes de Octubre de dos mil veintidós

Fecha de publicación: 07/10/2022

 

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Información adicional

  • Fecha de Sanción: 20/10/2022