ORDENANZA N° 031/2025
ARTÍCULO 1°: Dispóngase la creación / implementación del Certificado Médico de Aptitud Física para jugadoras/es de la Liga Municipal de Fútbol, en forma escalonada, comenzando por la categoría de adultos de mayor edad (50 años) que cuenten con cobertura pública exclusiva.-
ARTÍCULO 2°: Establézcase la obligatoriedad en forma progresiva, de presentación del Certificado Médico de Aptitud Física expedido por profesional médico con título y matrícula habilitante a toda persona que realice la práctica de fútbol en la liga municipal.-
ARTÍCULO 3°: El Certificado Médico de Aptitud Física tendrá validez de 1 año, y la autoridad de aplicación designada por el DEM, establecerá cuáles serán los estudios médicos a realizarse.-
ARTÍCULO 4°: La realización de los estudios y consulta médica, serán gratuitos para quienes no posean obra social de cobertura y la Secretaría de Salud Pública Municipal garantizará la realización de los mismos.-
ARTÍCULO 5°: El DEM a través de la autoridad de implementación que defina, dispondrá la realización de una Base de Datos con la información de cada jugador/a, que se renovará anualmente, garantizando atención sanitaria y cuidados de quien lo requiera a través del sistema público local de salud.-
ARTÍCULO 6°: El DEM a través de la autoridad de aplicación que disponga, realizará actividades de capacitación de técnicos y referentes de clubes sobre prevención de muerte súbita, RCP Básico para la comunidad y primeros auxilios.-
ARTÍCULO 7°: De forma.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz a los veinte días del mes de Noviembre del año dos mil veinticinco.-



