El resultado muestra las ordenanzas que contienen todos los términos ingresados.

ORDENANZA Nº 53/90

 

ARTÍCULO 1: El H.C.D. se dirige al D.E. para que disponga los medios necesarios para la licitación y/o concesión en favor de terceros de las franjas adyacentes a las rutas y/o caminos integrantes de la Red Vial Provincial en un todo de acuerdo con la Ley 10342/85

 

ARTÍCULO 2: El producidos de las licitaciones y/o concesiones de distribuirá de la siguiente forma: 50% para el mantenimiento de la Red vial de los barrios existentes en el Partido, el otro 50% será destinado a entidades de bien público a saber:

a) Bomberos Voluntarios,

b) Cooperadoras de Escuela 501 y 502,

c) Cooperadoras de Jardines de infantes Nº 901 y 902,

d) Centro de Formación Laboral Nº 1,

e) Taller Protegido San Marcos.-

 

ARTÍCULO 3: Oportunamente la contaduría se propiciará la modificación presupuestaria que sea menester para el cumplimiento de la presente Ordenanza.-

 

ARTÍCULO 4: Comuníquese, regístrese y archívese.-

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz, a los veinticinco días del mes de septiembre del año mil novecientos noventa

 

Información adicional

  • Fecha de Sanción: 25/09/1990