Marcos Paz, 21 de Abril de 2022

VISTO:
El expediente 4073 HCD 026/2022 Proyecto de Resolución: “Apoyo Proyecto de Ley de Creación del Consejo Provincial contra el Negacionismo del Terrorismo de Estado”,
La Ley Orgánica de las Municipalidades;
El Reglamento Interno.
El Proyecto de Ley de Creación del Consejo Provincial de Promoción de Políticas contra el Negacionismo del Terrorismo de Estado, y;

CONSIDERANDO:
Que el mencionado proyecto tiene por finalidad crear el “Consejo Provincial de Promoción de Políticas contra el Negacionismo del Terrorismo de Estado”, que tendrá por objetivo promover y desarrollar políticas tendientes a prevenir, identificar, denunciar y difundir las conductas negacionistas de los crímenes de lesa humanidad y violaciones de Derechos Humanos perpetradas durante la dictadura cívico-militar, autoritarismo y terrorismo de Estado, incluyendo el etnocidio llevado a cabo contra los pueblos indígenas;
Que cabe consignar que el término negacionismo debe entenderse como la práctica de minimizar, justificar, relativizar o negar los crímenes de lesa humanidad y genocidios cometidos por un Estado o partido de gobierno, en un momento y en un territorio determinado, y contra una población definida e individualizada de antemano por quien resulta responsable de perpetrarlo, no siendo sólo una estrategia, sino más bien una política sostenida en el tiempo cuya meta consiste en refutar los hechos desde una óptica “distinta” que explique eventos genocidas, siempre relativizando la responsabilidad del Estado;
Que cabe decir que el negacionismo implica el desconocimiento, puesta en duda y/o negación sistemática de hechos de nuestra historia con fines políticos, siendo uno de los ejemplos más claro de negacionismo en Argentina, el poner en duda la desaparición forzada de personas o la apropiación de menores por parte del Estado terrorista;
Que el negacionismo es una expresión surgida en la Francia de la posguerra, para denominar a un conjunto de producciones e intervenciones públicas que buscaban poner en duda y minimizar el genocidio perpetrado por los nazis, operación que consistía en poner en cuestión el número de víctimas, la “solución final” y la existencia de los hornos crematorios;
Que este Negacionismo era pura operación política en tanto no fundamentaba sus aseveraciones en investigaciones ni pruebas científicas, sino que recurria a tergiversar y manipular información y fuentes, con el claro sentido, en el caso del exterminio nazi, de fomentar el antisemitismo;
Que la historia de América Latina y nuestro país ha demostrado lo difícil que resulta construir democracia con Memoria, Verdad y Justicia;
Que las flagrantes violaciones de DDHH de la dictadura cívico militar, los juicios y leyes del año 1983 y la larga lucha de organismos como Madres, Abuelas, Hijos y Familiares, entre otros, dan cuenta de la complejidad de lo expuesto;
Que nn nuestro país, el negacionismo encontró sus primeras expresiones en el momento mismo de la perpetración de los crímenes de lesa humanidad;
Que la desaparición forzada de personas y la deposición final de los cuerpos como NN, su cremación o su desaparición en los vuelos de la muerte, fueron una práctica orientada a la negación del crimen, ocultando el cuerpo del delito;
Que la expresión del genocida Videla “…mientras sea desaparecido no puede tener tratamiento especial, porque no tiene entidad. No está muerto ni vivo ... está desaparecido….”, resulta una clara expresión de ello;
Que en esta construcción de sentido sobre los hechos, de inscripción negacionista, podemos citar también al “Documento Final de la Junta Militar sobre la guerra contra la subversión y el terrorismo”, que dio fundamento a la “Ley de Pacificación Nacional” o de “Autoaminstia” (Ley N° 22.924), que construyeron el relato de la “guerra” como forma de relativizar y negar los crímenes;
Que los falsos enfrentamientos fueron una estrategia desplegada como propaganda política y forma de manipulación de la información para ganar consenso social, narrativa que está presente en uno de los informes oficiales del gobierno de facto titulado El terrorismo en la Argentina (Poder Ejecutivo Nacional, 1979- 1980);
Que la pretensión de construir el escenario de guerra como modo de legitimación y justificación de los crímenes siguió siendo la retórica de los genocidas ya en tiempos de la democracia, siendo expresión de ello, entre otros, el libro La otra campana del ‘Nunca más’, firmado por el genocida condenado Miguel Osvaldo Etchecolatz, y ex comisario y director general de Investigaciones de la Policía de la provincia de Buenos Aires;
Que en los años 2000 y siguientes, como reacción frente a los procesos judiciales contra los genocidas, fueron emergiendo nuevas expresiones, como la denominada “Memoria completa” en la que insisten en la caracterización de la guerra contra la subversión como forma de legitimación de la represión, en donde se representan a los genocidas procesados y condenados como “victimas”, denominándolos como “presos políticos”;
Que en el marco del gobierno nacional de Mauricio Macri, emergen con más fuerza otras organizaciones que pretenden inscribirse como “familiares y víctimas del terrorismo” -uno de ellos es el “Centro de Estudios Legales sobre el Terrorismo y sus Víctimas” (CELTYV)- cuya retórica coloca a los militantes de los años setenta en el lugar de los perpetradores, negándolos nuevamente como víctimas;
Que en los últimos años, cobraron relevancia dos nuevas operaciones, por un lado la puesta en duda de la cifra de los 30.000 detenidos desaparecidos, y por otro la acusación de corrupción al movimiento de Derechos Humanos, incluyendo los reclamos de indemnizaciones económicas a las víctimas por el daño sufrido como consecuencia del terrorismo de Estado, como una forma de acceder a recursos de manera arbitraria;
Que es imprescindible entonces, como forma de consolidar la Democracia, desplegar iniciativas por parte del Estado y la sociedad civil para combatir las posiciones negacionistas que son una afrenta a la misma;
Que sin ir muy lejos estas nefastas prácticas que deben ser erradicadas, se visibilizaron durante el gobierno Macrista 2015/2019, en donde asistimos al negacionismo del terrorismo de Estado por parte de miembros de distintos poderes estatales, de las cifras de víctimas del mismo, y también al ataque permanente a organismos de DDHH, brindando de esta manera visibilidad a sectores que minimizaron y minimizan la violencia ejercida por el Estado en la última dictadura cívicomilitar;
Que desde el Informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de 1980 -luego de la visita realizada en 1979 por el organismo- , el Informe Nunca Más, la sentencia del Juicio a las Juntas y el conjunto de sentencias de los procesos judiciales post nulidad de las leyes de impunidad, los hechos que constituyen los crímenes de lesa humanidad han sido extensamente probados y no pueden ser negados;
Que han adquirido la contundencia de una verdad indudable que constituye, junto con el conjunto de testimonios y rastros materiales, el reservorio de recursos argumentales y pruebas que refutan los intentos de reactualizar el negacionismo genocida;
Que por ello, debe entenderse el negacionismo como una narrativa antihumanitaria, desconocedora de los derechos elementales de las personas y antidemocrática, que sin dudas debe confrontarse no sólo por la sociedad civil sino mediante políticas públicas dirigidas a este fin;
Que un ejemplo claro de negacionimo en la actualidad ocurrió durante la última campaña electoral cuando Ricardo López Murphy ratificó públicamente su negativa a reconocer que el número de desaparecidos alcanzó a 30.000 personas, y la titular del PRO y ex ministra de Seguridad Patricia Bullrich al ser consultada al respecto sostuvo que “hay un informe de la CONADEP que dio un número determinado de 7.800”;
Que un párrafo aparte, merece la declaración de Javier Milei al hablar de “superioridad estética”, transportándonos al Nazismo y la ultraderecha, al que ya hiciéramos referencia con anterioridad.
Que frente a estos ejemplos, entre otros muchos lamentablemente publicitados en los medios masivos de comunicación, el Estado provincial debe intervenir en todas las instancias posibles con el fin de combatir estas práctica que generan confusión en la sociedad y pretenden validar la desaparición de personas, la violencia como herramienta disciplinadora, las muertes, la destrucción y tiene por finalidad volver a someter a nuestro país;
Que en dicho Proyecto de Ley, se consideran como delitos de lesa humanidad aquellos que han sido cometidos por el Estado y contra la población civil, por ende, las acciones cometidas por miembros del Estado o grupos que cuenten con su “anuencia”, también deben ser entendidos como crímenes de lesa humanidad, rigiéndose las acciones de los particulares por las reglas del derecho común;
Que si bien las acciones deben estar centradas en las políticas de prevención de estos discursos y la promoción de debates con nuestra sociedad, aportando argumentos que limiten el crecimiento de estas opiniones, muchas veces sustentadas en la desinformación, entendemos que debe plantearse un régimen sancionatorio para aquellas personas que en ejercicio de la función pública en cargos electivos o no, en todos los niveles y jerarquías, en forma permanente o transitoria, remunerada u honoraria que formen parte del sector público provincial lleven adelante prácticas o asuman posiciones negacionistas a los efectos de contribuir a la prevención y la generación de una cultura democrática;
Que a tal efecto, el Consejo a crearse estará integrado conjuntamente por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, la Comisión Provincial por la Memoria y el Defensor del Pueblo, buscando de este modo una vinculación de organismos representativos y competentes en la materia;
Que entre sus funciones se encuentran:
• elaborar un programa que permita llevar adelante acciones tales como la creación de una base documental sobre el negacionismo en Argentina y en particular en la Provincia de Buenos Aires,
• generar ámbitos abiertos de reflexión sobre el objeto de dicha ley con la participación de organismos de Derechos Humanos, dependencias estatales, organizaciones de la comunidad y personas,
• llevar adelante actividades y campaña de concientización, difusión, educativas y culturales, sobre las consecuencias del Terrorismo de Estado, tendientes a la eliminación de las actitudes negacionistas,
• promover acuerdos de prevención y erradicación del negacionismo,
• establecer protocolos de intervención ante la aparición de manifestaciones y/o conductas negacionistas, entre otros consígnados en el artículo 3º de la norma propuesta;
Que también se establece que cuando la infracción a las disposiciones de la presente ley fuera cometida por personas que ejerzan la función pública en las condiciones mencionadas anteriomente, las mismas quedarán sujetas a los procedimiento administrativos disciplinarios establecidos en el régimen propio de su función, y en el caso que no esté sujeto a un régimen particular, la máxima autoridad de la jurisdicción u organismo en que se desempeñe deberá impulsar de oficio los mecanismos y/o medidas tendientes a deslindar las responsabilidades del caso, debiendo garantizar el derecho de defensa de la persona involucrada;
Que corresponde señalar que la norma en consideración, incorpora a las comunidades indígenas cuando el negacionismo se vincule con violaciones a Derechos Humanos en las que dichas comunidades fueren afectadas;
Que por lo expuesto, entendiendo que estas prácticas lesionan severamente la construcción democrática y pacífica de nuestra sociedad, y que corresponde amplificar las medidas para evitarlas, es responsabilidad de quienes representamos la voluntad popular, consolidar todo aporte en el sentido de esta iniciativa, que significará un aporte importante a la lucha que hoy desarrollan numerosos actores comprometidos con la Memoria, la Verdad y la Justicia.-

Por todo lo expuesto, y en uso de sus facultades, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE MARCOS PAZ, SANCIONA LA SIGUIENTE:

RESOLUCION N° 009/2022

Artículo 1°: Expresar el apoyo y respaldo ante la iniciativa, tratamiento y pronta sanción del Proyecto de Ley de Creación del Consejo Provincial contra el Negacionismo del Terrorismo de Estado, que tendrá por objetivos promover y desarrollar políticas tendientes a prevenir, identificar, denunciar y difundir las conductas negacionistas de los crímenes de lesa humanidad y violaciones de Derechos Humanos perpetradas durante la dictadura cívico-militar, autoritarismo y terrorismo de estado, incluyendo el etnocidio llevado a cabo contra los pueblos indígenas, que obra en la Honorable Cámara de Diputados y Dipuatdas de la Provincia de Buenos Aires.-

Artículo 2°: Enviar copia de la presente Resolución e invitar a los Honorables Concejos Deliberantes de la Provincia de Buenos Aires a pronunciarse en igual sentido.-

Artículo 3°: Remitir copia de la presente Resolución a la Honorable Cámara de Diputados y Diputadas de la Provincia de Buenos Aires, así como a la Honorable Cámara de Senadores y Senadoras de la Provincia de Buenos Aires.-

Artículo 4°: De forma.-

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz a los veintiún días del mes de abril del año dos mil veintidós

 

 

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Información adicional

  • Fecha: Jueves, 21 Abril 2022
  • Resumen: Expresar el apoyo y respaldo ante la iniciativa, tratamiento y pronta sanción del Proyecto de Ley de Creación del Consejo Provincial contra el Negacionismo del Terrorismo de Estado