Marcos Paz, 27 de Marzo del 2025.-
VISTO:
El Expediente 4073-HCD 033/2025 P.R. “Solicitar extensión de la moratoria previsional”
La Constitución Nacional;
La Constitución de la provincia de Buenos Aires;
La Ley Orgánica de las Municipalidades;
El Reglamento Interno;
La Ley Nacional 24.241/1993, Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones;
La Ley Nacional 24.476/1995, Régimen de Regularización de Deudas Trabajadores Autónomos;
El DNU 1454/2005, Regularización Voluntaria de Deudas;
La Ley Nacional 26.970/2014, Régimen de Regularización;
La Ley Nacional 27.260/2016, Reparación Histórica para Jubilados y Pensionados;
La Ley Nacional 27.705/2023, Plan de Pago de Deudas Previsionales;
El final de la moratoria previsional dispuesto de hecho por el Gobierno Nacional, al no prorrogar los plazos de la misma; y
CONSIDERANDO:
Que en la actualidad el sistema de Seguridad Social en Argentina prevé dos tipo de beneficios previsionales bien distintos: por un lado existen los beneficios contributivos, que son aquellos a los que se accede cumpliendo los extremos legales establecidos por la Ley 24.241, como lo son la Jubilaciones, los retiros por invalidez y las pensiones directas y derivadas, y por otro lado existen los beneficios no contributivos, que son aquellos a los cuales se accede cumpliendo con parámetros que no necesariamente exigen un pago regular al sistema previsional, como por ejemplo las pensiones por discapacidad y las pensiones universales para los adultos mayores;
Que según lo expuesto en el párrafo anterior, no existe posibilidad alguna de acceder a un beneficio contributivo sin reunir las condiciones establecidas por ley, entendiéndose estas como edad (60 años para las mujeres y 65 para los hombres) y 360 meses de aportes previsionales, realizados estos en condición de autónomo o en relación de dependencia. todo esto siempre y cuando el o la aportante no acceda a una prestación por medio de algún régimen especial enmarcado en el concepto de insalubridad;
Que por realidades económicas y sociales de diversa índole buena parte de los argentinos y las argentinas que han cumplido la edad jubilatoria, no cuentan con la totalidad de los aportes previsionales necesarios para cumplir con los extremos legales establecidos en los incisos a, b y c del Artículo 19° de la Ley 24241;
Que a lo largo de las últimas décadas los titulares del poder ejecutivo nacional fueron constituyendo sistemas de inclusión previsional destinados a posibilitar la regularización de aportes para aquellas personas que habiendo cumplido con el requisito etario no hubieran alcanzado a aportar 360 meses como autónomos o en relación de dependencia;
Que en 1995 luego de la creación del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones, durante la gestión de Carlos Menem, se estableció la primera posibilidad de regularización de deudas para trabajadores autónomos mediante la Ley 24476, que aunque sólo preveía la regularización total de deuda y sólo se podía acceder siendo autónomo previamente registrado, fue un primer intento de regularización de aportes;
Que pese a la posibilidad que la Ley 24476 le ofrecía a los autónomos, para inicios del siglo XXI, la situación previsional de nuestro país era calamitosa, la población argentina sólo tenía como alternativa un sistema jubilatorio privado (las AFJP) en el cual se jubilaban menos del 30% de las personas en edad de hacerlo y con un monto exiguo, que requeria ser completado con fondos públicos para que los montos de la jubilaciones y pensiones alcanzara al menos la Prestación Básica Universal;
Que ante ese escenario innegable y mediante el Decreto N° 1454 de 2005, el presidente Néstor Kirchner modificó la reglamentación del plan de pago para autónomos, permitiendo así el acceso a todas las personas que aportaran de forma voluntaria y simultáneamente al cobro de una jubilación, un hito en la historia previsional argentina al permitir alcanzar en pocos años la universalidad en materia jubilatoria;
Que cuando hablamos de moratoria nos referimos a un plan de pago aplicable a una deuda específica y durante un período determinado, período que en el Decreto 1454 fue establecido desde el mes en que la persona interesada cumplió los 18 años hasta el 30 de septiembre de 1993, por lo que al transcurrir el tiempo, fue perdiendo capacidad inclusiva;
Que ante esta situación, en el año 2008 la Presidenta Cristina Fernández promulgó, luego de su sanción, la Ley 26.970 ampliando los plazos límites para regularizar
aportes desde 1993 (establecido por el decreto 1454) hasta el año 2003, permitiendo así que para diciembre de 2015, Argentina alcanzara una cobertura previsional superior al 90% de su población en edad de jubilarse, una de las más altas de la región;
Que para dimensionar el impacto de las denominadas moratorias: en la década entre 2003 y 2013, la cantidad de jubilaciones otorgadas creció un 87%, pasando de aproximadamente 3 millones a casi 6 millones de beneficiarios, siendo cerca de la mitad de esas nuevas jubilaciones, el 46%, gracias a las moratorias;
Que quienes ingresaron por esta vía tenían en promedio 12,7 años de aportes registrados, cuando la ley exigía 30, es decir que les faltaban más de 17 años, por lo que la posibilidad de regularizar esa deuda de aportes abrió la puerta a que esas personas accedieran a una jubilación, cuando de otra manera hubieran quedado sin beneficio previsional ni cobertura de salud;
Que la moratoria de 2014 caducó hacia 2016, durante el gobierno de Mauricio Macri donde no hubo una nueva prórroga general de las moratorias, sino que Macri optó por crear la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) instaurada en la Ley 27.260, que sólo garantiza un ingreso del 80% del haber mínimo tanto para hombres como para mujeres con menos de 30 años de aportes, a partir de los 65 años;
Que para fines de 2019, y en el marco de la Ley 27.260 sancionada por Mauricio Macri, los porcentajes de personas en edad de jubilarse que accedían a un beneficio contributivo habían descendido abruptamente quedando por debajo del 50%;
Que en el año 2022 se sancionó la Ley 27.705 denominada “Plan de pago de deuda previsional” la cual estableció dos modalidades: la UNIDAD DE PAGO DE DEUDA PREVISIONAL para personas en edad jubilatoria, permitiendo cancelar aportes faltantes hasta el 2008 en 120 cuotas, y la UNIDAD DE CANCELACIÓN DE APORTES PREVISIONALES PARA TRABAJADORES Y TRABAJADORAS EN ACTIVIDAD para personas activas próximas a jubilarse (mujeres de 50 a 59 años y varones de 55 a 64) que preveía que pudieran empezar a pagar anticipadamente aportes faltantes en el periodo entre sus 18 años y hasta el 2012, antes de llegar a la edad de retiro;
Que el decreto que promulgó el mencionado Plan de pago de deuda previsional, en su Artículo 4° establece que la posibilidad de acceder a la UNIDAD DE PAGO DE DEUDA PREVISIONAL tenía una duración de dos años contados a partir de la fecha de su entrada
en vigencia, pudiendo ser prorrogado por igual período, dando así la posibilidad a que un nuevo decreto la prorrogue;
Que a partir del domingo 23 de marzo del 2025, al no haberse publicado ninguna normativa al respecto desde el gobierno nacional, quedó sin efecto la modalidad UPDP del Plan de Pago de Deuda Previsional, conocido popularmente como la "moratoria previsional";
Que como consecuencia de este vacío legal, el 50% de los varones que cumplen 65 años en 2025 y el 69% de las mujeres que cumplen 60 años no podrán obtener una jubilación contributiva, quedándoles como única alternativa cualquiera de los beneficios previsionales no contributivos existentes en la actualidad.
Por todo lo expuesto, y en uso de sus facultades, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE MARCOS PAZ, SANCIONA LA SIGUIENTE:
RESOLUCIÓN N° 011/2025
ARTÍCULO 1°: Instar al Poder Ejecutivo Nacional a utilizar las facultades que le otorga el Artículo 4° de la Ley Nacional 27.705 y prorrogar por dos años más los plazos para acceder a la UNIDAD DE PAGO DE DEUDA PREVISIONAL, hasta tanto el Congreso Nacional resuelva la cuestión de fondo.-
ARTÍCULO 2°: Solicitar a ambas Cámaras del Honorable Congreso de la Nación, la sanción de una normativa que permita regularizar deuda previsional a quienes, habiendo alcanzado la edad jubilatoria, no cumplan con el extremo legal establecido por el inciso c del Artículo 19° de la Ley 24241.-
ARTÍCULO 3°: Remitir copia de la presente Resolución al Poder Ejecutivo Nacional, y a ambas Cámaras del Congreso de la Nación.-
ARTÍCULO 4°: Enviar copia de la presente Resolución e invitar a pronunciarse en igual sentido a los Honorables Concejos Deliberantes de la Provincia de Buenos Aires.-
ARTÍCULO 5°: De Forma.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz a los veintisiete días del mes de Marzo del año dos mil veinticinco.-
Marcos Paz, 13 de Marzo del 2025.-
VISTO:
El Expediente 4073-HCD 015/2025 P.R. “Repudio a despidos en Espacio Colonia Gutiérrez”
La Constitución Nacional;
La Constitución de la provincia de Buenos Aires;
La Ley Orgánica de las Municipalidades;
El Reglamento Interno;
La Ordenanza N° 07/2004, Reglamentación del Patrimonio Histórico Municipal;
La Ordenanza N° 49/2023, Creación de Áreas Naturales Protegidas Municipales;
La Resolución N° 22/2016, Declaración de Interés al libro “Historia de la Colonia Hogar Ricardo Gutiérrez, un modelo para el mundo”, publicado por la Junta de Estudios Históricos de Marcos Paz;
La Resolución N° 21/2021, Declaración de Interés Municipal al libro “Colonia Ricardo Gutiérrez. La historia”, de Sandra Jaca y Gustavo Tillería Berardoni;
La Resolución N° 22/2024, Declaración de Interés Municipal al libro “Relatos y Conceptualizaciones en Musicoterapia”, de Gustavo Langan;
Los 25 despidos y pases a disponibilidad ocurridos en el Espacio Colonia Gutierrez el pasado viernes 28 de febrero en horas de la noche, por correo electrónico, y sin la firma de ningún funcionario o funcionaria; y
CONSIDERANDO:
Que el pasado viernes 28 de febrero, en vísperas de un fin de semana extra largo por los feriados de Carnaval, alrededor de las 22 horas, por correo electrónico, y sin la firma de ningún funcionario o funcionaria, 25 trabajadores y trabajadoras del Espacio Colonia Gutiérrez eran informados de su desvinculación o de su pase a disponibilidad;
Que tan sólo la forma de comunicar tal decisión es un hecho político en sí mismo, que pone de manifiesto como mínimo, una absoluta falta de sensibilidad y de empatía por parte de quienes ejecutaron esos despidos detrás de un excel y un correo electrónico, absolutamente acordes con la falta de sensibilidad y de empatía que demuestra desde el presidente Javier Milei, hasta sus seguidores que en este caso, por ejemplo, denostaron en las redes sociales a las personas despedidas con mentiras y datos falsos y maliciosos que inician en la falsa acusación por “ñoquis” o señalamientos persecutorios respecto de sus elecciones políticas, y terminan lisa y llanamente en insultos, descalificaciones personales, o comentarios racistas;
Que resulta inaudito para toda persona de bien, celebrar que otras personas queden sin trabajo, y tanto más inexplicable en tanto esos trabajos son nada más y nada menos que en la promoción y protección de derechos de las infancias y las adolescencias en situación de vulnerabilidad;
Que del mismo modo, es sorprendente pensar que exista un marcospacense que desconozca la historia de la Colonia Gutiérrez, institución centenaria de nuestra localidad que es también la historia de la Argentina toda, y particularmente un faro para recorrer la historia y los diversos paradigmas sobre el trabajo con niños, niñas y adolescentes con conflictos familiares, sociales y/o legales, a la largo de más de 120 años;
Que esos 120 años de la Colonia Gutiérrez, reúnen miles de años de historias de vida tanto de quienes fueron internos, como de quienes trabajaron allí, sucediéndose en algunos casos hasta 4 generaciones familiares vinculadas laboralmente a la Colonia;
Que sin embargo, y en vista de los ataques y agravios que circularon en redes sociales hacia los trabajadores y las trabajadoras despedidas, resulta pertinente realizar un raconto de algunos de los hitos históricos que ocurrieron en la Colonia, que son parte de la identidad de Marcos Paz;
Que fue el 12 de octubre de 1904 cuando nació la “Colonia Nacional de Menores Varones de Marcos Paz” para menores de entre 8 y 18 años, concretando un proyecto de Domingo Faustino Sarmiento que como Superintendente General de Educación proponía, desde 1881, la creación de “un establecimiento de artes, oficios y agricultura para la infancia delincuente por abandono moral y material”;
Que recorrer la historia de esta institución, es recorrer la historia de la minoridad en conflicto con la ley en nuestro país, reconociendo los diferentes paradigmas que nos atravesaron como sociedad, desde el régimen inicial de pabellones o agrupaciones numerosas de menores de disciplina dura con guardianes severos y prontos a la represión o el castigo corporal, con enseñanza teórico práctica principalmente agrícola ganadera aunque con precarios talleres de industria, hasta este presente como espacio de promoción y protección de derechos de las infancias y las adolescencias que está siendo vaciado por el gobierno nacional;
Que este recorrido histórico nos obliga a recordar que en esos inicios fue interno en la Colonia, Cayetano Santos Godino, más conocido como “el petiso orejudo”, primer criminal en serie del que se tenga registro en nuestro país, quien en sus 3 años internado, lejos de regenerarse se endureció y quien iría preso por primera vez en 1912, el mismo año en que el presidente Roque Sáenz Peña recorrería la Colonia;
Que en 1924 bajo el impacto de la Ley del Patronato sancionada en 1919, el sociólogo José Amatuzzo fue designado por Decreto del presidente de la Nación, Marcelo Torcuato de Alvear, como director de la Colonia, cambiando las estructuras existentes para humanizar el sistema que regía la vida de los menores, con la organización de casas hogares y la incorporación de mujeres al plantel de personal;
Que esas casas hogares albergaban a 30 menores en tres dormitorios, cocina, comedor, salón social, canchas de fútbol, jardines, y lugar para huerta y gallineros, a cargo de un matrimonio que vivía allí con sus hijos;
Que esos menores concurrían a la escuela primaria donde recibían instrucción elemental, y asistían a talleres de albañilería, carpintería, ebanistería, carrocería, zapatería, sastrería, herrería, mecánica, mosaiquería, pinturería, decoración, escobería y cepillería, plomería y hojalatería, imprenta y encuadernación, y operador de usina eléctrica con enseñanza teórica y práctica;
Que en esos tiempos se diseñaron planes de autoabasecimiento con los talleres mencionados y el complemento del horno de ladrillos, que permitieron la construcción de las 17 casas hogares por parte de los internos, así como la construcción de la histórica Capilla consagrada en 1937 por Monseñor Copello, con la presencia del entonces presidente de la Nación Agustín P. Justo, el Club de Empleados, el Salón Cine Teatro, y demás dependencias;
Que la Colonia contaba entonces con una usina que suministraba energía eléctrica para todas las instalaciones, cámara de efluentes cloacales, y lavadero mecánico, que los internos confeccionaban sus trajes, medias y zapatos, así como zapatillas de atletismo, pelotas de cuero y botines para los principales equipos de fútbol del país;
Que la enseñanza agrícola ganadera comprendía labores rurales como cría de ovejas, porqueriza y tareas de tambo de ordeñe manual y de ordeñe mecánico, cuya máquina fue donada por el Jockey Club de Buenos Aires, con una cremería donde se elaboraban quesos y manteca, así como se pasteurizaba y envasaba leche;
Que además de cerdos y ganado vacuno, se criaban patos, pavos, gallinas, conejos y gusanos de seda, obteniendo premiaciones en varias exposiciones, incluyendo participaciones en las muestras de la Sociedad Rural de Palermo, en la que un ejemplar criado en la Colonia recibió el premio Gran Campeón Macho Junior Holando Argentino en 1940;
Que los trabajos de agronomía consistían en labranza y cultivo de maíz, trigo, avena y lino, habiendo sido premiada en Bélgica con Medalla de Oro y Diploma de Honor al Mejor Lote de Fibra de Lino;
Que en el vivero de la Colonia se encontraban plantas forestales y frutales con las cuales se proveía a precio de fomento a distintas municipalidades de la provincia de Buenos Aires;
Que la Colonia también disponía de frigorífico propio y fábrica de hielo, panadería y fábrica de fideos secos de primera calidad, en donde se utilizaban desde el trigo que se sembraba hasta los huevos provenientes del parque avícola, y se hacían los panes dulces para la población y para los institutos que dependían del Patronato Nacional de Menores;
Que la producción excedente de los talleres y de la sección agronomía se vendían, habiéndose llegado a comercializar la miel y los quesos de la Colonia en la mítica Casa Harrods de la ciudad de Buenos Aires, cuyas ganancias se destinaban a la ampliación de talleres, compra de animales, máquinas agrícolas y refacciones edilicias, así como todos los menores recibían una retribución o peculio como estímulo por su aplicación al trabajo que significaba, al momento del egreso, contar con instrucción primaria, un oficio, y sus ahorros;
Que la Colonia tenía un campo de deportes con vestuarios, canchas de fútbol, básquet, vóley, pileta de natación, y pistas para competencias pedestres, las que supieron cobijar a Juan Carlos Zabala, el Ñandú Criollo, quien siendo huérfano ingresó con 6 años a esa institución, y quien con sólo 19 años, alcanzaría la Medalla de Oro en Maratón, en los Juegos Olímpicos de Los Ángeles, Estados Unidos, en 1932;
Que menores de la Colonia participaron durante la inauguración del estadio del Club Atlético River Plate en 1938, así como en la inauguración de nuestro Pabellón Argentino, con una exhibición gimnástica acompañados por una banda de música;
Que la Colonia facilitaba la expresión de los menores con el periódico bimensual Nuevos Rumbos, así como con las clases de teatro de la Asociación Juvenilia o la participación en la Banda de Música de la Colonia;
Que para la atención de la salud, la Colonia tenía con un hospital interno con consultorios externos, salas de internación y aislamiento, donde además de médicos se contaba con enfermería, psicología, radiología, odontología y farmacia;
Que las ideas de Amatuzzo fueron continuadas por Alfredo Canesa y Felipe Giana, educadores que hicieron de la Colonia de Marcos Paz un modelo en el mundo, con especialistas internacionales de la educación y las ciencias sociales que recorrían las instalaciones para observar la realidad de los menores y del sistema empleado, habiéndose tomado como ejemplo los planos de esta institución, para institutos de Panamá, Chile y Brasil;
Que por último, entre otros aportes culturales de la Colonia Gutiérrez, cabe recordar que en 1939, se filmó en sus instalaciones la película “Y mañana serán hombres”, así como cuenta con un cine teatro inaugurado a principios de la década del '40 con capacidad entonces de 900 butacas y 1200 personas paradas que lo convertían en uno de los más importantes de la provincia de Buenos Aires y por el que pasaron, además de innumerables artístas locales y regionales, figuras de renombre y trascendencia como Leonardo Favio, Lucía Galán, Luis Landriscina, Vox Dei, Aldo Monges, el Coro Kennedy, Jaime Dávalos, Zamba Quipildor, Miguel Ángel Solá, o León Gieco, quien días atrás publicó un video solidarizándose con las y los despedidos del Espacio Colonia Gutiérrez;
Que tras esta enumeración recortada de sucesos que son patrimonio histórico y cultural de nuestro país, como también parte de la identidad de nuestro pueblo de Marcos Paz, cabe recordar que este Concejo Deliberante, con la Resolución N° 22/2016, aprobada por unanimidad, declaró de Interés Cultural el libro “Historia de la Colonia Hogar Ricardo Gutiérrez, un modelo para el mundo” publicado por la Junta de Estudios Históricos de Marcos Paz;
Que también de forma unánime, este Cuerpo aprobó la Resolución N° 21/2021, declarando de Interés Municipal el libro “Colonia Ricardo Gutiérrez. La historia”, de Sandra Jaca y Gustavo Tillería Berardoni, que relata con detalles historias y vivencias vinculadas a la Colonia;
Que del mismo modo, resulta oportuno recordar que este Honorable Cuerpo aprobó, una vez más por unanimidad, la Resolución N° 22/2024 declarando de Interés Municipal el libro “Relatos y Conceptualizaciones en Musicoterapia” de Gustavo Langan, licenciado en musicoterapia, psicologo social, docente, trabajador durante 40 años en la Colonia Gutiérrez que hoy se encuentra con pase a disponibilidad a la par de sus compañeros y compañeras despedidos, libro destacado por este Cuerpo como un “material que surge de sus propias experiencias en la práctica de la Musicoterapia”, muchas de ellas en el ámbito de la Colonia, el que “se convertirá sin dudas en material de estudio, análisis y reflexión para estudiantes y profesionales del área como así también para el público en general”;
Que finalmente, resta considerar entonces aspectos más recientes de este proceso que culminó con el despido de más de la mitad del personal, en un intento de vaciamiento no sólo material sino también simbólico, respecto del trabajo realizado por los trabajadores y las trabajadoras del Espacio Colonia Gutiérrez y el Instituto Inchausti;
Que desde 2015, fueron los trabajadores y las trabajadoras de Colonia Gutiérrez e Inchausti, quienes autogestionaron su reinvención para adecuar esos espacios en el marco de la ley, reconversión que se orientó hacia la inclusión, la participación e igualdad de oportunidades con un esquema centrado en la protección, promoción y restitución de derechos basados en los lineamientos de buen trato, perspectiva de género, y diversidad cultural, organizando el proyecto sobre los ejes de Cultura Popular, Deporte Social, Capacitación y Formación, Patrimonio Cultural e Histórico, y Turismo Social;
Que esa reconversión, alcanzó resultados concretos y mensurables en sus diferentes propuestas de huerta, animales de granja, panadería, recreación, teatro, ludoteca, radio, detectives en la naturaleza, malvinización, musicoterapia, campamentos y campadías, jornadas recreativas y/o deportivas en la pileta, entre otras, alcanzaron sólo en 2024 un total de 588 talleres, del que participaron 73 escuelas de Marcos Paz y distritos vecinos, además de UMI's y grupos Scout, por los que transitaron un total de 35.540 niños, niñas y adolescentes;
Que esa cifra, se alcanzó en un contexto donde el gobierno nacional destinó 0 pesos a esa institución, siendo sus trabajadores y trabajadoras quienes sostuvieron desde la compra de combustible para el mantenimiento de los espacios verdes, hasta los insumos que se usaban para la elaboración de pizzas en los talleres de panadería, las que servían para compartir en los almuerzos de las jornadas siguientes;
Que la contundencia de esos 35.540 pibes y pibas que participaron en las actividades del Espacio Colonia Gutiérrez sólo en el último año y sin presupuesto, representando un promedio de 100 chicos y chicas por día incluyendo domingos y feriados, parece poco en comparación con los valores de 2017 o 2018, donde llegaron a realizarse 3 o 4 talleres diarios para unos 100 niños, niñas y adolescentes cada uno, alcanzando alrededor de 100.000 chicos y chicas cada año;
Que además, la semana previa a los despidos, las autoridades nacionales dieron el visto bueno para la apertura de inscripciones para este año, actividades que difícilmente puedan cubrirse con el escaso personal aún vinculado a la institución, y más aún con presupuesto 0 como ocurre desde 2024;
Que es necesario entonces y para comprender cabalmente el estado de situación, remontarse a marzo de 2023 en que el Espacio Colonia Gutiérrez y el Intituto Inchausti sumaban un total de 56 trabajadores y trabajadoras, quedando actualmente sólo 14, entre quienes se cuentan sólo 2 mujeres;
Que particularmente en la Colonia Gutiérrez, los primeros 3 despidos ocurrieron en marzo de 2024, los siguientes 2 en octubre del mismo año pese a que esos trabajadores se encontraban con licencia extendida por salud, para llegar finalmente a los 23 despidos y 2 pases a disponibilidad concretados días atrás, que alcanzaron a trabajadores y trabajadoras que tenían entre 12 y 40 años trabajando en la Colonia;
Que además, es de destacar que los sucesivos y repetidos anuncios por parte del mismo presidente de la Nación así como por parte de funcionarios de primera línea, respecto de la toma de exámenes de idoneidad que se ejercieron como amenaza, intimidación y coerción contra las trabajadoras y los trabajadores públicos en general, son hoy una anécdota casi olvidada, en tanto los 25 trabajadores y trabajadoras despedidos del Espacio Colonia Gutiérrez rindieron dichas pruebas poco tiempo atrás, que aunque poco y nada tenían que ver con sus funciones, sin embargo fueron aprobadas por todos ellos;
Que con estos antecedentes, es inevitable no sentirse interpelados por la consigna “Vaciar es Cerrar”, que los trabajadores y las trabajadoras despedidos esgrimen para visibilizar la situación;
Que, por último, no son sorpresivas para este Cuerpo Colegiado las posibles intenciones de un gobierno nacional que hace gala permanente tanto de su falta de sensibilidad como de su falta de apego por la historia y los valores nacionales, habiendo sancionado la Ordenanza N° 49/2023 de creación de Áreas Naturales Protegidas Municipales, las que a su vez fueron declaradas de Interés Público y Bienes Patrimoniales en el marco de la Ordenanza N° 07/2004, entre las que se cuentan diversos espacios de nuestra localidad, incluyendo el predio del Espacio Colonia Gutiérrez;
Que por lo tanto y en virtud de lo expuesto, es entonces un compromiso ineludible para este Honorable Concejo Deliberante, sentar posición en defensa de los trabajadores y las trabajadoras despedidos o con pase a disponibilidad, lo que significa defender también nuestra identidad marcospacense así como el patrimonio histórico, cultural y natural de nuestra Patria y de nuestro Pueblo.
Por todo lo expuesto, y en uso de sus facultades, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE MARCOS PAZ, SANCIONA LA SIGUIENTE:
RESOLUCIÓN N° 004/2025
ARTÍCULO 1°: Repudiar los 25 despidos y pases a disponibilidad de trabajadores y trabajadoras del Espacio Colonia Gutiérrez de Promoción y Protección de Derechos de las Infancias y las Adolescencias, quienes tenían entre 12 y 40 años de antigüedad, informados por correo electrónico en horas de la noche y sin la firma de ningún funcionario o funcionaria, así como los despidos previos ocurridos en marzo y octubre de 2024.-
ARTÍCULO 2°: Expresar la preocupación de este Honorable Cuerpo y de la comunidad a la que representamos por mandato popular, ante las políticas de vaciamiento que el Gobierno Nacional viene llevando adelante en diversas áreas del Estado, y reafirmar junto a los trabajadores y las trabajadoras despedidas del Espacio Colonia Gutiérrez: Vaciar es Cerrar.-
ARTÍCULO 3°: Solicitar al Gobierno Nacional a través de las áreas que correspondan, la reincoporación de las personas despedidas y la asignación de los recursos económicos que garanticen la continuidad de un espacio que es patrimonio histórico, cultural y natural de nuestro país, y parte de nuestra identidad a través de distintas generaciones de marcospacenses vinculados a la Colonia Ricardo Gutiérrez.-
ARTÍCULO 4°: Enviar copia de la presente Resolución al Poder Ejecutivo Nacional.-
ARTÍCULO 5°: De forma.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz a los trece días del mes de Marzo del año dos mil veinticinco.-