Marcos Paz, 10 de Abril del 2025.-
VISTO:
El expediente 4073-HCD 029/2025 P.R. “Repudiar toma de deuda con el FMI por DNU”
La Constitución Nacional;
La Constitución de la provincia de Buenos Aires;
La Ley Orgánica de las Municipalidades;
El Reglamento Interno;
La Ley Nacional N° 27.612/2021, de Fortalecimiento de Sostenibilidad de la Deuda Pública;
El Decreto de Necesidad y Urgencia N° 179/2025, con que el presidente Javier Milei eludió la mencionada ley; y
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 75° de la Constitución Nacional, en sus incisos 4 y 7, establece que es competencia del Congreso Nacional contraer préstamos en nombre de la Nación, aprobar acuerdos con organismos internacionales y arreglar el pago de la deuda pública;
Que pese a lo taxativo de esa disposición, muchas veces se delegaron en esta materia, cada vez más facultades al Poder Ejecutivo, lo que el Honorable Congreso de la Nación procuró subsanar con la sanción de la Ley Nacional N° 27.612 de Fortalecimiento de la Sostenibilidad de la Deuda Pública, que en línea con el mandato constitucional y con el objetivo de impedir que el Ejecutivo tomara deuda de manera discrecional y con escasa o nula rendición de cuentas ante el Congreso, establece de manera explícita que cualquier programa de financiamiento con el FMI, así como cualquier ampliación de los montos de esos programas, debe ser aprobado por el Poder Legislativo;
Que no obstante, bajo el argumento de que la Constitución permite el dictado de disposiciones legislativas, el actual Ejecutivo optó por aprobar para sí mismo una toma unilateral de deuda pública mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 179/2025,
insólitamente convalidado el pasado 19 de Marzo por la Cámara de Diputados y Diputadas de la Nación en la que el Gobierno no tiene mayoría propia;
Que sin embargo, se trata de una facultad concebida de manera restringida y sujeta a que se verifiquen circunstancias excepcionales según el propio Artículo 99 de la Constitución Nacional, que regla sobre los decretos del Ejecutivo, que en su inciso 3 prohíbe al Presidente dictar disposiciones de carácter legislativo, salvo “cuando circunstancias extraordinarias tornen imposible seguir el proceso ordinario para la sanción de leyes”;
Que en este caso, el Ejecutivo no logró acreditar que tales requisitos de necesidad y urgencia estén dados, en tanto el decreto en cuestión no esgrime argumentos sobre las circunstancias de fuerza mayor que impidan a las Cámaras del Congreso reunirse al efecto, y tampoco se prueba que la solución que se requiere sea incompatible con el debate legislativo;
Que los fundamentos del DNU consisten en argumentaciones vagas y difusas sobre el estado de necesidad y se limitan a mencionar antecedentes legales y jurisprudenciales, entre ellos el fallo 'Leguizamón Romero', para advertir que Argentina se encuentra en una situación de “graves trastornos que amenazan la existencia, la seguridad o el orden público o económico, y que deben ser conjuradas sin dilaciones”;
Que en efecto, una herramienta constitucional como los DNU, debe ser justificada de manera pública y exhaustiva, en este caso acreditando que se trata de una situación inesperada de emergencia que no permitió prever el endeudamiento, así como las razones por las que dicha herramienta sería el mejor mecanismo para resolver la crisis invocada;
Que ninguna de estas cuestiones están plasmadas en el decreto presidencial, lo que representa ignorar la letra y el espíritu de nuestra Carta Magna, así como toda jurisprudencia y doctrina en la materia, tal y como afirmó la Corte Suprema en el caso 'Consumidores Argentinos', al sentenciar que “la Constitución Nacional no habilita a elegir discrecionalmente entre la sanción de una ley o la imposición más rápida de ciertos contenidos materiales por medio de un decreto”;
Que el hecho de que se trata de una elección discrecional, fue ratificado por el propio Ministro de Economía, Luis Caputo, quien señaló en una entrevista (parlamentario.com) que enviar un proyecto de ley al Congreso hubiera significado "una demora" por su composición actual, con mayoría opositora en una de las Cámaras;
Que tanto la Constitución como la Ley 27.612 buscaron garantizar que las y los legisladores conocieran y discutieran los términos del endeudamiento antes de que el país asumiera obligaciones de semejante trascendencia, por lo que eludir esta instancia implica pasar por alto cuestiones constitucionales fundamentales, al tiempo que revela la voluntad del oficialismo de prescindir de los acuerdos legislativos y los pactos democráticos;
Que por otro lado, así como la propia argumentación de este DNU evidencia por omisión la falta de condiciones excepcionales para el dictado del mismo, su más que acotado y breve articulado representa otra forma de avallasamiento al rol del Congreso en tanto se limita a autorizar la toma de crédito público con un plazo de amortización de diez años, cuyos fondos se usarán para cancelar deuda con el Banco Central y cubrir vencimientos con el propio organismo internacional, sin siquiera brindar información básica sobre el monto que será desembolsado, las condiciones del financiamiento, ni las metas que el FMI impondrá como condición para realizar los pagos;
Que la opacidad y falta de transparencia por parte del Ejecutivo Nacional ante un proceso de endeudamiento que impactará en el ejercicio de sus derechos por parte de las generaciones presentes y futuras, en tanto puede afectar negativamente el financiamiento de políticas públicas esenciales como salud, vivienda y educación, es inaceptable en una República donde las instituciones constitucionales funcionen honrando su mandato;
Que por ello, es fundamental que decisiones de esta magnitud se adopten con transparencia y mecanismos de control democrático, y tras un debate amplio que garantice la representación de la pluralidad de fuerzas políticas presentes en el Congreso que, como el presidente de la Nación, fueron elegidas democráticamente por el voto popular;
Que pese a que los DNU deban ser revisados por el Congreso, formalidad cumplida en Sesión Especial en la Cámara de Diputados y Diputadas de la Nación, no son equiparables con una ley del Poder Legislativo, en tanto no se habilita allí un debate sobre los términos y condiciones del endeudamiento -que reiteramos, de todas formas no se conoce-, sino que se limita a una votación en acuerdo o rechazo al decreto en cuestión;
Que además, la Ley Nacional N° 26.122/2006, Regimen Legal de los Decretos de Necesidad y Urgencia, de Delegación Legislativa y de Promulgación Parcial de Leyes, prevé que los DNU sólo pierden vigencia en tanto sean rechazados por ambas Cámaras, por lo que aprobar una ley requiere acuerdo parlamentario, mientras la lógica se invierte en este caso y, si no hay rechazo, se fuerza el 'acuerdo', aun cuando nuestra Constitución prohíbe la sanción ficta de leyes;
Que por último, los DNU producen efectos mientras están vigentes quedando a salvo los derechos adquiridos durante su período de vigencia, por lo que así el Poder Ejecutivo puede hoy hacer un acuerdo con el FMI y contraer obligaciones que podrían mantenerse firmes, aun cuando no tuvieron una habilitación legislativa tal y como lo demandan la Ley N° 27.612 y la propia Constitución Nacional;
Que por ello, resulta cuestionable que la Cámara de Diputados y Diputadas de la Nación haya convalidado el DNU N° 179/2025 que vitupera facultades que le son propias, habilitando al Poder Ejecutivo a suscribir un acuerdo cuyos alcances son desconocidos no sólo por la ciudadanía en su conjunto, sino incluso por todos los actores del sistema político.
Por todo lo expuesto, y en uso de sus facultades, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE MARCOS PAZ, SANCIONA LA SIGUIENTE:
RESOLUCIÓN N° 013/2025
ARTÍCULO 1°: Expresar su enérgico y contundente repudio al Decreto de Necesidad y Urgencia N° 179/2025 con que el Poder Ejecutivo eludió el cumplimiento de la Ley Nacional N° 27.612/2021, de Fortalecimiento de Sostenibilidad de la Deuda Pública.-
ARTÍCULO 2°: Expresar su enérgico y contundente repudio ante la validación que la Cámara de Diputados y Diputadas de la Nación, concedió a dicho DNU en la Sesión Especial del pasado 19 de Marzo de 2025, pese a que avasalla facultades legislativas consagradas constitucionalmente y desconoce la Ley N° 27.612, atropellando la división de poderes.-
ARTÍCULO 3°: Expresar la consideración de este Honorable Cuerpo, respecto de la urgencia inexorable para que ambas Cámaras del Congreso Nacional cumplan con su misión constitucional, revean la situación anómala en que el Poder Ejecutivo pretende contraer nueva deuda pública, y utilicen todos los mecanismos institucionales vigentes para rechazar un DNU que desborda ostensiblemente los límites de nuestra norma fundamental.-
ARTÍCULO 4°: Enviar copia de la presente Resolución, con sus Vistos y Considerandos, a la Honorable Cámara de Diputados y Diputadas de la Nación, a la Honorable Cámara de Senadoras y Senadores de la Nación, y al Poder Ejecutivo Nacional.-
ARTICULO 5°: De Forma.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz a los diez días del mes de Abril del año dos mil veinticinco.
Marcos Paz, 13 de Marzo del 2025.-
VISTO:
El Expediente 4073-HCD 015/2025 P.R. “Repudio a despidos en Espacio Colonia Gutiérrez”
La Constitución Nacional;
La Constitución de la provincia de Buenos Aires;
La Ley Orgánica de las Municipalidades;
El Reglamento Interno;
La Ordenanza N° 07/2004, Reglamentación del Patrimonio Histórico Municipal;
La Ordenanza N° 49/2023, Creación de Áreas Naturales Protegidas Municipales;
La Resolución N° 22/2016, Declaración de Interés al libro “Historia de la Colonia Hogar Ricardo Gutiérrez, un modelo para el mundo”, publicado por la Junta de Estudios Históricos de Marcos Paz;
La Resolución N° 21/2021, Declaración de Interés Municipal al libro “Colonia Ricardo Gutiérrez. La historia”, de Sandra Jaca y Gustavo Tillería Berardoni;
La Resolución N° 22/2024, Declaración de Interés Municipal al libro “Relatos y Conceptualizaciones en Musicoterapia”, de Gustavo Langan;
Los 25 despidos y pases a disponibilidad ocurridos en el Espacio Colonia Gutierrez el pasado viernes 28 de febrero en horas de la noche, por correo electrónico, y sin la firma de ningún funcionario o funcionaria; y
CONSIDERANDO:
Que el pasado viernes 28 de febrero, en vísperas de un fin de semana extra largo por los feriados de Carnaval, alrededor de las 22 horas, por correo electrónico, y sin la firma de ningún funcionario o funcionaria, 25 trabajadores y trabajadoras del Espacio Colonia Gutiérrez eran informados de su desvinculación o de su pase a disponibilidad;
Que tan sólo la forma de comunicar tal decisión es un hecho político en sí mismo, que pone de manifiesto como mínimo, una absoluta falta de sensibilidad y de empatía por parte de quienes ejecutaron esos despidos detrás de un excel y un correo electrónico, absolutamente acordes con la falta de sensibilidad y de empatía que demuestra desde el presidente Javier Milei, hasta sus seguidores que en este caso, por ejemplo, denostaron en las redes sociales a las personas despedidas con mentiras y datos falsos y maliciosos que inician en la falsa acusación por “ñoquis” o señalamientos persecutorios respecto de sus elecciones políticas, y terminan lisa y llanamente en insultos, descalificaciones personales, o comentarios racistas;
Que resulta inaudito para toda persona de bien, celebrar que otras personas queden sin trabajo, y tanto más inexplicable en tanto esos trabajos son nada más y nada menos que en la promoción y protección de derechos de las infancias y las adolescencias en situación de vulnerabilidad;
Que del mismo modo, es sorprendente pensar que exista un marcospacense que desconozca la historia de la Colonia Gutiérrez, institución centenaria de nuestra localidad que es también la historia de la Argentina toda, y particularmente un faro para recorrer la historia y los diversos paradigmas sobre el trabajo con niños, niñas y adolescentes con conflictos familiares, sociales y/o legales, a la largo de más de 120 años;
Que esos 120 años de la Colonia Gutiérrez, reúnen miles de años de historias de vida tanto de quienes fueron internos, como de quienes trabajaron allí, sucediéndose en algunos casos hasta 4 generaciones familiares vinculadas laboralmente a la Colonia;
Que sin embargo, y en vista de los ataques y agravios que circularon en redes sociales hacia los trabajadores y las trabajadoras despedidas, resulta pertinente realizar un raconto de algunos de los hitos históricos que ocurrieron en la Colonia, que son parte de la identidad de Marcos Paz;
Que fue el 12 de octubre de 1904 cuando nació la “Colonia Nacional de Menores Varones de Marcos Paz” para menores de entre 8 y 18 años, concretando un proyecto de Domingo Faustino Sarmiento que como Superintendente General de Educación proponía, desde 1881, la creación de “un establecimiento de artes, oficios y agricultura para la infancia delincuente por abandono moral y material”;
Que recorrer la historia de esta institución, es recorrer la historia de la minoridad en conflicto con la ley en nuestro país, reconociendo los diferentes paradigmas que nos atravesaron como sociedad, desde el régimen inicial de pabellones o agrupaciones numerosas de menores de disciplina dura con guardianes severos y prontos a la represión o el castigo corporal, con enseñanza teórico práctica principalmente agrícola ganadera aunque con precarios talleres de industria, hasta este presente como espacio de promoción y protección de derechos de las infancias y las adolescencias que está siendo vaciado por el gobierno nacional;
Que este recorrido histórico nos obliga a recordar que en esos inicios fue interno en la Colonia, Cayetano Santos Godino, más conocido como “el petiso orejudo”, primer criminal en serie del que se tenga registro en nuestro país, quien en sus 3 años internado, lejos de regenerarse se endureció y quien iría preso por primera vez en 1912, el mismo año en que el presidente Roque Sáenz Peña recorrería la Colonia;
Que en 1924 bajo el impacto de la Ley del Patronato sancionada en 1919, el sociólogo José Amatuzzo fue designado por Decreto del presidente de la Nación, Marcelo Torcuato de Alvear, como director de la Colonia, cambiando las estructuras existentes para humanizar el sistema que regía la vida de los menores, con la organización de casas hogares y la incorporación de mujeres al plantel de personal;
Que esas casas hogares albergaban a 30 menores en tres dormitorios, cocina, comedor, salón social, canchas de fútbol, jardines, y lugar para huerta y gallineros, a cargo de un matrimonio que vivía allí con sus hijos;
Que esos menores concurrían a la escuela primaria donde recibían instrucción elemental, y asistían a talleres de albañilería, carpintería, ebanistería, carrocería, zapatería, sastrería, herrería, mecánica, mosaiquería, pinturería, decoración, escobería y cepillería, plomería y hojalatería, imprenta y encuadernación, y operador de usina eléctrica con enseñanza teórica y práctica;
Que en esos tiempos se diseñaron planes de autoabasecimiento con los talleres mencionados y el complemento del horno de ladrillos, que permitieron la construcción de las 17 casas hogares por parte de los internos, así como la construcción de la histórica Capilla consagrada en 1937 por Monseñor Copello, con la presencia del entonces presidente de la Nación Agustín P. Justo, el Club de Empleados, el Salón Cine Teatro, y demás dependencias;
Que la Colonia contaba entonces con una usina que suministraba energía eléctrica para todas las instalaciones, cámara de efluentes cloacales, y lavadero mecánico, que los internos confeccionaban sus trajes, medias y zapatos, así como zapatillas de atletismo, pelotas de cuero y botines para los principales equipos de fútbol del país;
Que la enseñanza agrícola ganadera comprendía labores rurales como cría de ovejas, porqueriza y tareas de tambo de ordeñe manual y de ordeñe mecánico, cuya máquina fue donada por el Jockey Club de Buenos Aires, con una cremería donde se elaboraban quesos y manteca, así como se pasteurizaba y envasaba leche;
Que además de cerdos y ganado vacuno, se criaban patos, pavos, gallinas, conejos y gusanos de seda, obteniendo premiaciones en varias exposiciones, incluyendo participaciones en las muestras de la Sociedad Rural de Palermo, en la que un ejemplar criado en la Colonia recibió el premio Gran Campeón Macho Junior Holando Argentino en 1940;
Que los trabajos de agronomía consistían en labranza y cultivo de maíz, trigo, avena y lino, habiendo sido premiada en Bélgica con Medalla de Oro y Diploma de Honor al Mejor Lote de Fibra de Lino;
Que en el vivero de la Colonia se encontraban plantas forestales y frutales con las cuales se proveía a precio de fomento a distintas municipalidades de la provincia de Buenos Aires;
Que la Colonia también disponía de frigorífico propio y fábrica de hielo, panadería y fábrica de fideos secos de primera calidad, en donde se utilizaban desde el trigo que se sembraba hasta los huevos provenientes del parque avícola, y se hacían los panes dulces para la población y para los institutos que dependían del Patronato Nacional de Menores;
Que la producción excedente de los talleres y de la sección agronomía se vendían, habiéndose llegado a comercializar la miel y los quesos de la Colonia en la mítica Casa Harrods de la ciudad de Buenos Aires, cuyas ganancias se destinaban a la ampliación de talleres, compra de animales, máquinas agrícolas y refacciones edilicias, así como todos los menores recibían una retribución o peculio como estímulo por su aplicación al trabajo que significaba, al momento del egreso, contar con instrucción primaria, un oficio, y sus ahorros;
Que la Colonia tenía un campo de deportes con vestuarios, canchas de fútbol, básquet, vóley, pileta de natación, y pistas para competencias pedestres, las que supieron cobijar a Juan Carlos Zabala, el Ñandú Criollo, quien siendo huérfano ingresó con 6 años a esa institución, y quien con sólo 19 años, alcanzaría la Medalla de Oro en Maratón, en los Juegos Olímpicos de Los Ángeles, Estados Unidos, en 1932;
Que menores de la Colonia participaron durante la inauguración del estadio del Club Atlético River Plate en 1938, así como en la inauguración de nuestro Pabellón Argentino, con una exhibición gimnástica acompañados por una banda de música;
Que la Colonia facilitaba la expresión de los menores con el periódico bimensual Nuevos Rumbos, así como con las clases de teatro de la Asociación Juvenilia o la participación en la Banda de Música de la Colonia;
Que para la atención de la salud, la Colonia tenía con un hospital interno con consultorios externos, salas de internación y aislamiento, donde además de médicos se contaba con enfermería, psicología, radiología, odontología y farmacia;
Que las ideas de Amatuzzo fueron continuadas por Alfredo Canesa y Felipe Giana, educadores que hicieron de la Colonia de Marcos Paz un modelo en el mundo, con especialistas internacionales de la educación y las ciencias sociales que recorrían las instalaciones para observar la realidad de los menores y del sistema empleado, habiéndose tomado como ejemplo los planos de esta institución, para institutos de Panamá, Chile y Brasil;
Que por último, entre otros aportes culturales de la Colonia Gutiérrez, cabe recordar que en 1939, se filmó en sus instalaciones la película “Y mañana serán hombres”, así como cuenta con un cine teatro inaugurado a principios de la década del '40 con capacidad entonces de 900 butacas y 1200 personas paradas que lo convertían en uno de los más importantes de la provincia de Buenos Aires y por el que pasaron, además de innumerables artístas locales y regionales, figuras de renombre y trascendencia como Leonardo Favio, Lucía Galán, Luis Landriscina, Vox Dei, Aldo Monges, el Coro Kennedy, Jaime Dávalos, Zamba Quipildor, Miguel Ángel Solá, o León Gieco, quien días atrás publicó un video solidarizándose con las y los despedidos del Espacio Colonia Gutiérrez;
Que tras esta enumeración recortada de sucesos que son patrimonio histórico y cultural de nuestro país, como también parte de la identidad de nuestro pueblo de Marcos Paz, cabe recordar que este Concejo Deliberante, con la Resolución N° 22/2016, aprobada por unanimidad, declaró de Interés Cultural el libro “Historia de la Colonia Hogar Ricardo Gutiérrez, un modelo para el mundo” publicado por la Junta de Estudios Históricos de Marcos Paz;
Que también de forma unánime, este Cuerpo aprobó la Resolución N° 21/2021, declarando de Interés Municipal el libro “Colonia Ricardo Gutiérrez. La historia”, de Sandra Jaca y Gustavo Tillería Berardoni, que relata con detalles historias y vivencias vinculadas a la Colonia;
Que del mismo modo, resulta oportuno recordar que este Honorable Cuerpo aprobó, una vez más por unanimidad, la Resolución N° 22/2024 declarando de Interés Municipal el libro “Relatos y Conceptualizaciones en Musicoterapia” de Gustavo Langan, licenciado en musicoterapia, psicologo social, docente, trabajador durante 40 años en la Colonia Gutiérrez que hoy se encuentra con pase a disponibilidad a la par de sus compañeros y compañeras despedidos, libro destacado por este Cuerpo como un “material que surge de sus propias experiencias en la práctica de la Musicoterapia”, muchas de ellas en el ámbito de la Colonia, el que “se convertirá sin dudas en material de estudio, análisis y reflexión para estudiantes y profesionales del área como así también para el público en general”;
Que finalmente, resta considerar entonces aspectos más recientes de este proceso que culminó con el despido de más de la mitad del personal, en un intento de vaciamiento no sólo material sino también simbólico, respecto del trabajo realizado por los trabajadores y las trabajadoras del Espacio Colonia Gutiérrez y el Instituto Inchausti;
Que desde 2015, fueron los trabajadores y las trabajadoras de Colonia Gutiérrez e Inchausti, quienes autogestionaron su reinvención para adecuar esos espacios en el marco de la ley, reconversión que se orientó hacia la inclusión, la participación e igualdad de oportunidades con un esquema centrado en la protección, promoción y restitución de derechos basados en los lineamientos de buen trato, perspectiva de género, y diversidad cultural, organizando el proyecto sobre los ejes de Cultura Popular, Deporte Social, Capacitación y Formación, Patrimonio Cultural e Histórico, y Turismo Social;
Que esa reconversión, alcanzó resultados concretos y mensurables en sus diferentes propuestas de huerta, animales de granja, panadería, recreación, teatro, ludoteca, radio, detectives en la naturaleza, malvinización, musicoterapia, campamentos y campadías, jornadas recreativas y/o deportivas en la pileta, entre otras, alcanzaron sólo en 2024 un total de 588 talleres, del que participaron 73 escuelas de Marcos Paz y distritos vecinos, además de UMI's y grupos Scout, por los que transitaron un total de 35.540 niños, niñas y adolescentes;
Que esa cifra, se alcanzó en un contexto donde el gobierno nacional destinó 0 pesos a esa institución, siendo sus trabajadores y trabajadoras quienes sostuvieron desde la compra de combustible para el mantenimiento de los espacios verdes, hasta los insumos que se usaban para la elaboración de pizzas en los talleres de panadería, las que servían para compartir en los almuerzos de las jornadas siguientes;
Que la contundencia de esos 35.540 pibes y pibas que participaron en las actividades del Espacio Colonia Gutiérrez sólo en el último año y sin presupuesto, representando un promedio de 100 chicos y chicas por día incluyendo domingos y feriados, parece poco en comparación con los valores de 2017 o 2018, donde llegaron a realizarse 3 o 4 talleres diarios para unos 100 niños, niñas y adolescentes cada uno, alcanzando alrededor de 100.000 chicos y chicas cada año;
Que además, la semana previa a los despidos, las autoridades nacionales dieron el visto bueno para la apertura de inscripciones para este año, actividades que difícilmente puedan cubrirse con el escaso personal aún vinculado a la institución, y más aún con presupuesto 0 como ocurre desde 2024;
Que es necesario entonces y para comprender cabalmente el estado de situación, remontarse a marzo de 2023 en que el Espacio Colonia Gutiérrez y el Intituto Inchausti sumaban un total de 56 trabajadores y trabajadoras, quedando actualmente sólo 14, entre quienes se cuentan sólo 2 mujeres;
Que particularmente en la Colonia Gutiérrez, los primeros 3 despidos ocurrieron en marzo de 2024, los siguientes 2 en octubre del mismo año pese a que esos trabajadores se encontraban con licencia extendida por salud, para llegar finalmente a los 23 despidos y 2 pases a disponibilidad concretados días atrás, que alcanzaron a trabajadores y trabajadoras que tenían entre 12 y 40 años trabajando en la Colonia;
Que además, es de destacar que los sucesivos y repetidos anuncios por parte del mismo presidente de la Nación así como por parte de funcionarios de primera línea, respecto de la toma de exámenes de idoneidad que se ejercieron como amenaza, intimidación y coerción contra las trabajadoras y los trabajadores públicos en general, son hoy una anécdota casi olvidada, en tanto los 25 trabajadores y trabajadoras despedidos del Espacio Colonia Gutiérrez rindieron dichas pruebas poco tiempo atrás, que aunque poco y nada tenían que ver con sus funciones, sin embargo fueron aprobadas por todos ellos;
Que con estos antecedentes, es inevitable no sentirse interpelados por la consigna “Vaciar es Cerrar”, que los trabajadores y las trabajadoras despedidos esgrimen para visibilizar la situación;
Que, por último, no son sorpresivas para este Cuerpo Colegiado las posibles intenciones de un gobierno nacional que hace gala permanente tanto de su falta de sensibilidad como de su falta de apego por la historia y los valores nacionales, habiendo sancionado la Ordenanza N° 49/2023 de creación de Áreas Naturales Protegidas Municipales, las que a su vez fueron declaradas de Interés Público y Bienes Patrimoniales en el marco de la Ordenanza N° 07/2004, entre las que se cuentan diversos espacios de nuestra localidad, incluyendo el predio del Espacio Colonia Gutiérrez;
Que por lo tanto y en virtud de lo expuesto, es entonces un compromiso ineludible para este Honorable Concejo Deliberante, sentar posición en defensa de los trabajadores y las trabajadoras despedidos o con pase a disponibilidad, lo que significa defender también nuestra identidad marcospacense así como el patrimonio histórico, cultural y natural de nuestra Patria y de nuestro Pueblo.
Por todo lo expuesto, y en uso de sus facultades, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE MARCOS PAZ, SANCIONA LA SIGUIENTE:
RESOLUCIÓN N° 004/2025
ARTÍCULO 1°: Repudiar los 25 despidos y pases a disponibilidad de trabajadores y trabajadoras del Espacio Colonia Gutiérrez de Promoción y Protección de Derechos de las Infancias y las Adolescencias, quienes tenían entre 12 y 40 años de antigüedad, informados por correo electrónico en horas de la noche y sin la firma de ningún funcionario o funcionaria, así como los despidos previos ocurridos en marzo y octubre de 2024.-
ARTÍCULO 2°: Expresar la preocupación de este Honorable Cuerpo y de la comunidad a la que representamos por mandato popular, ante las políticas de vaciamiento que el Gobierno Nacional viene llevando adelante en diversas áreas del Estado, y reafirmar junto a los trabajadores y las trabajadoras despedidas del Espacio Colonia Gutiérrez: Vaciar es Cerrar.-
ARTÍCULO 3°: Solicitar al Gobierno Nacional a través de las áreas que correspondan, la reincoporación de las personas despedidas y la asignación de los recursos económicos que garanticen la continuidad de un espacio que es patrimonio histórico, cultural y natural de nuestro país, y parte de nuestra identidad a través de distintas generaciones de marcospacenses vinculados a la Colonia Ricardo Gutiérrez.-
ARTÍCULO 4°: Enviar copia de la presente Resolución al Poder Ejecutivo Nacional.-
ARTÍCULO 5°: De forma.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Marcos Paz a los trece días del mes de Marzo del año dos mil veinticinco.-